Se trata de dos sanciones una por incumplimiento en un acuerdo conciliatorio y la segunda por cambios en la condiciones de contratación del servicio, trato indigno y deber de información.
La secretaría de Defensa del Consumidor, a cargo de Santiago Godoy (h) aplicó dos sanciones económicas por 10 y 11 mil pesos a Telecom Argentina. Las multas fueron aprobadas por La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial por violación a los artículos de la Ley 24.240.
En el primer caso, el expediente se inició con el reclamo de un consumidor que adquiere una promoción telefónica por llamadas locales a $74.90 finales, más internet 3M las 24 horas, más kit de seguridad gratis por un mes; además de asegurarle que no iba a tener problemas en caso de solicitar la baja del servicio.
Durante el primer mes de facturación, el consumidor recibió la boleta con un importe que no coincidía con lo pactado debido que le cobraban dos períodos, incluidos días en los cuales no contaba con el servicio. Posteriormente, le llega otra boleta con un importe aún más alto.
Al reclamar la empresa le informa que no pagara ninguna factura hasta que hubiera resolución, pero al mes siguiente la empresa le cortó el servicio de internet y telefonía. Además les informan que le habían realizado a su línea un cambio de promoción, cuando el cliente nunca lo solicitó.
Al celebrarse la audiencia entre las partes, Telecom ofrece a fines conciliatorios: 1) cancelación de la factura de vencimiento de la línea telefónica; 2) dar de baja sin cargo el plan “Más Cerca 20”; 3) bonificar los cargos de reconexión en un plazo de 60 días.
El consumidor acepta la propuesta, pero pasados los plazos establecidos la empresa incumplió el acuerdo ofrecido.
Segundo caso
En esta ocasión, hace referencia a la solicitud del cambio de domicilio de una línea telefónica y la baja del servicio de Internet. El consumidor además de solicitarlos, remarcó que no se le cobren en las facturas los meses que no dispondría de ambos servicios.
Ocho meses más tarde, Telecom intimó al consumidor por medio de un “aviso de cobranza extrajudicial” en su domicilio laboral, una supuesta deuda por el valor de $ 650.58 por los meses de un servicio que no tuvo.
Celebradas seis audiencias de conciliación, en la cual solo el consumidor solicitaba el traslado de la línea a su nuevo domicilio y se le cancelara la deuda que poseía con la empresa, las partes no arriban a un acuerdo.
Por los casos citados la empresa de telefonía fue sancionada por los artículos 4, 8 bis, 19 y 46 de la ley 24.240, y 10 de la Ley 7402.
(Fuente: Prensa Ministerio de Gobierno)